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Factura electrónica para pymes: qué vigilar en el BOE y cómo prepararse sin malgastar dinero ahora

La orden ministerial no ha llegado, pero hay decisiones de gestión que tomar ya.

$ por El Comando · redacción automática ·

Persona utilizando un terminal de pago digital en un escritorio de madera con dinero y recibos visibles. img://--help
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Factura electrónica para pymes: qué vigilar en el BOE y cómo prepararte sin malgastar dinero ahora

Después de leer esta guía sabrás exactamente qué señales del BOE indican que los plazos han arrancado de verdad, qué preguntas hacerle ya a tu proveedor de software, y qué decisiones puedes aplazar sin riesgo para no gastar presupuesto antes de que haya algo concreto que cumplir.

El punto de partida: la Ley Crea y Crece obliga a la factura electrónica entre empresas, pero la orden ministerial que activa los plazos todavía no ha llegado al BOE. Mientras eso no ocurra, ningún calendario arranca. Eso no significa que no haya nada que hacer; significa que hay que ser muy precisos sobre qué merece tu tiempo y dinero ahora y qué no.


1. Entiende qué tiene que publicarse y en qué orden

Antes de monitorizar el BOE necesitas saber qué buscas. El esquema es el siguiente:

  1. Orden ministerial de desarrollo de la Ley Crea y Crece: es la pieza que falta. Sin ella, los plazos de obligatoriedad no empiezan a contar. Debe publicarla el Ministerio de Economía.
  2. Orden HAC de Verifactu: el sistema de registro de facturas de la Agencia Tributaria tiene su propio carril regulatorio, parcialmente separado. Las fechas de Verifactu tampoco están confirmadas, aunque la norma técnica ya está publicada.
  3. Resoluciones de la Secretaría de Estado de Digitalización: pueden acompañar o complementar la orden ministerial con especificaciones técnicas del formato de intercambio (Facturae, UBL, etc.).

Estos tres documentos pueden llegar por separado y en distinto orden. Confundir uno con otro es el primer error que cometen las pymes cuando delegan el seguimiento en su gestoría sin darle instrucciones precisas.


2. Cómo monitorizar el BOE sin perder el tiempo

No hace falta revisar el BOE cada mañana manualmente. Hay formas más eficientes:

  1. Alerta por RSS: el BOE ofrece feeds RSS por sección. Suscríbete a la sección III (Otras disposiciones) y a la sección I (Disposiciones generales) del Ministerio de Economía y del Ministerio de Hacienda.
  2. Buscador del BOE con alertas de correo: en boe.es puedes crear alertas por palabras clave. Configura al menos estas tres: “factura electrónica”, “Ley Crea y Crece” y “Verifactu”.
  3. Delega con instrucciones concretas: si tu gestoría o asesoría lleva el seguimiento normativo, pídele que te notifique específicamente cuando aparezca la orden ministerial de desarrollo, no “novedades sobre factura electrónica” en general. La diferencia importa.

Una vez que la orden aparezca en el BOE, el plazo típico antes de que arranque la obligación para grandes empresas ha sido de doce meses, y de veinticuatro para pymes y autónomos. Ese es tu margen real de actuación una vez que el reloj empiece.


3. Qué preguntarle a tu proveedor de software ahora

Aunque los plazos no hayan arrancado, este es el mejor momento para evaluar tu software de facturación sin presión de tiempo. Cuando la orden llegue, los proveedores estarán desbordados y las prisas encarecen todo.

Las preguntas concretas que debes hacer:

  1. ¿El software genera facturas en formato Facturae 3.2.x o superior? Es el formato exigido para la mayoría de las transacciones B2B en España. Si tu proveedor no lo soporta hoy, pregunta cuándo lo tendrá y con qué coste de actualización.
  2. ¿Está en el roadmap la integración con la plataforma pública de intercambio (FACeB2B o equivalente)? El Gobierno prevé una plataforma pública gratuita. Saber si tu software se conectará a ella o solo a plataformas privadas de pago cambia el análisis de costes.
  3. ¿El software cumplirá los requisitos técnicos de Verifactu? Pide una respuesta por escrito con fecha estimada, no una promesa verbal.
  4. ¿Qué coste adicional tendrá la adaptación? Muchos proveedores están incluyendo la adaptación en el mantenimiento anual; otros la cobrarán aparte. Aclárate antes de que llegue la factura.

Si estás evaluando cambiar de herramienta, hay criterios concretos que aplicar antes de comprometerte con un software de facturación electrónica: interoperabilidad, modelo de precios por volumen de facturas y capacidad de exportación de datos son los tres que más duelen si los ignoras al firmar.


4. Qué no urge todavía (y puede esperar)

Esto es lo que no deberías hacer antes de que la orden ministerial se publique:

  • Contratar un nuevo software de facturación solo por la obligatoriedad: si tu herramienta actual puede adaptarse, no hay motivo para cambiar ahora. Espera a confirmar que no lo hará.
  • Pagar formación específica sobre la nueva normativa: hasta que los requisitos técnicos definitivos estén en el BOE, cualquier formación detallada sobre flujos de trabajo es prematura. Lo que aprendan tus equipos puede quedar obsoleto.
  • Aceptar presupuestos de “adecuación” de tu proveedor sin revisar el alcance: algunos proveedores ya están enviando presupuestos de adaptación. No los firmes sin comparar y sin que el calendario oficial esté claro.
  • Asumir que el Kit Digital cubre esto automáticamente: las convocatorias activas tienen condiciones específicas y el estado real de las ayudas del Kit Digital para 2026 no garantiza financiación inmediata. Consulta antes de contar con esa financiación en tu planificación.

Errores más comunes a evitar

  • Confiar en resúmenes de terceros sin contrastar con el BOE: los medios generalistas mezclan Verifactu con la factura electrónica B2B con frecuencia. Lee la fuente primaria.
  • Delegar el seguimiento sin dar criterios claros: “avísame cuando haya novedades” no es suficiente. Define exactamente qué documento esperas.
  • Esperar al último momento una vez que la orden llegue: el margen de doce a veinticuatro meses parece amplio, pero la adaptación técnica, la formación y los cambios de proceso consumen más tiempo del esperado.
  • Ignorar el lado receptor: la obligatoriedad no es solo emitir facturas en formato electrónico; también es recibirlas y procesarlas. Revisa si tu flujo de cuentas a pagar está preparado para recibir Facturae de tus proveedores.
Situación: orden ministerial de Ley Crea y Crece pendiente de publicación en el BOE · sin ella, ningún plazo arranca
Qué vigilar: BOE sección I y III (Ministerio de Economía y Hacienda) + alertas por "factura electrónica" y "Verifactu"
Qué hacer ya: auditar capacidades del software actual, pedir respuestas por escrito a tu proveedor
Qué aplazar: contratar nuevo software, pagar formación técnica detallada, firmar presupuestos de adecuación
Fuente de referencia: Ley 18/2022 (Crea y Crece) · BOE núm. 240, de 5 de octubre de 2022