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sudo · Análisis en profundidad

Verifactu: la fecha que nadie sabe decirte

Cronología de un calendario regulatorio que se ha convertido en el peor enemigo de su propia adopción.

Por Francisco G-M López —

Haz la prueba. Abre una pestaña de incógnito y busca “verifactu autónomos fecha”. A día de hoy, 11 de julio de 2026, vas a encontrar tres respuestas distintas: que la obligación entró en vigor hace diez días, que entra en enero, y que entra en 2027. Dos de las tres van acompañadas de avisos de sanciones de hasta 50.000 euros por ejercicio. Solo una es correcta.

La correcta es la aburrida: 1 de enero de 2027 para sociedades, 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados. Lo dice la nota informativa de la propia AEAT y lo dice el BOE. Todo lo demás es caché sin invalidar.

git log —oneline del desastre

Reconstruyamos el historial de actualizaciones de este calendario, un ejemplo de echar el balón hacia delante:

  • Diciembre de 2023. Se publica el RD 1007/2023, el famoso RRSIF o “Decreto Verifactu”: los programas de facturación deberán garantizar integridad, trazabilidad, encadenamiento de registros y código QR. Nace con fechas de obligación para 2025.
  • Octubre de 2024. La Orden HAC/1177/2024 fija la especificación técnica y da nueve meses a los fabricantes de software: sus productos deben estar adaptados antes del 29 de julio de 2025.
  • Abril de 2025. Primer aplazamiento. Las fechas para los obligados se mueven a 1 de enero de 2026 (Impuesto sobre Sociedades) y 1 de julio de 2026 (autónomos y resto).
  • Septiembre-octubre de 2025. La AEAT abre el periodo de pruebas externas y publica incluso su aplicación gratuita de facturación. La maquinaria está lista. Los vendors, obligados desde julio, también.
  • 2 de diciembre de 2025. A menos de un mes de la primera fecha de obligación, el Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto-ley 15/2025 y lo aplaza todo un año más: 2027. Se publica en el BOE el día 3 y el Congreso lo convalida después. Calendario firme. Por ahora.

Fíjate en el detalle de diciembre: el aplazamiento no se decidió con margen, se decidió in extremis, cuando miles de empresas ya habían invertido en llegar a tiempo a enero de 2026. Ese es el primer problema. El segundo es lo que vino después.

El contenido zombi

Siete meses después del aplazamiento, internet sigue lleno de artículos que cuentan la versión anterior. No hablo de posts antiguos sin actualizar, que también: hablo de contenido publicado en junio de 2026 anunciando que “queda una semana” para la obligación de julio. Asesorías, blogs de software de facturación, newsletters jurídicas. Fechas derogadas en el BOE hace más de medio año, servidas como cuenta atrás con la sanción de 50.000 euros de estribillo.

¿Por qué pasa esto? Por la misma razón por la que tu ERP de 2009 sigue en producción: porque actualizar cuesta y nadie lo prioriza. El contenido SEO sobre Verifactu se escribió en masa durante 2024 y 2025, posiciona bien, trae tráfico y convierte. Corregirlo no da clics nuevos. Y hay un incentivo peor: la urgencia vende software. “Te quedan tres meses, contrata ya” es mejor CTA que “tienes año y medio, compara con calma”. Parte de la desinformación no es descuido, es funnel.

El resultado es una pyme media que no puede distinguir la fuente buena de la mala, porque la mala tiene mejor SEO que el BOE. Si el objetivo de Verifactu era ordenar la facturación española, su calendario ha conseguido lo contrario en la capa de información: un estado inconsistente replicado por media web.

Lo que sí es verdad hoy

Papel y boli:

Fechas de obligación: 1 de enero de 2027 (sociedades en IS), 1 de julio de 2027 (autónomos, IRPF y resto de obligados). Fuente: nota informativa de la AEAT tras el RDL 15/2025. Si estás en el SII, quedas fuera del RRSIF.

Los requisitos técnicos no han cambiado ni un byte. Hash encadenado, registro de eventos, inalterabilidad, QR, exportación estandarizada. Lo que se aplazó fue la fecha, no la especificación. Todo lo que un fabricante implementó para 2026 sigue valiendo para 2027.

Los fabricantes de software ya están obligados desde el 29 de julio de 2025. Si tu proveedor todavía no te da una declaración responsable de cumplimiento, el problema no es el calendario: es tu proveedor.

El periodo de pruebas está abierto. Puedes facturar en modalidad VERI*FACTU de forma voluntaria desde ya, y la AEAT ha aclarado que ni siquiera te obliga a permanecer en el sistema hasta fin de año si empezaste en pruebas.

Las sanciones existen, pero para 2027: hasta 50.000 euros por ejercicio para quien use software no conforme, y hasta 150.000 para quien lo fabrique o comercialice.

La lección incómoda

El mensaje que ha recibido el mercado es demoledor: quien invirtió pronto para cumplir en 2026 pagó el coste de ser diligente; quien apostó por que “esto se retrasa seguro” acertó y ahorró un año de licencias. Premiar al que procrastina es la peor política de adopción posible, y garantiza que en el otoño de 2026 veremos otra estampida de última hora, con los implantadores saturados y los precios arriba.

Mi predicción… no habrá tercer aplazamiento, porque después de dos ya no queda credibilidad que proteger, solo vergüenza que evitar. Usa 2026 para lo que el propio aplazamiento sugiere sin decirlo: migrar con calma, probar en el sandbox de la AEAT y elegir software comparando, no corriendo.

Y si esta semana te llega un email de un proveedor diciendo que Verifactu “ya está en vigor” para autónomos, ya sabes lo que es: marketing con las dependencias sin actualizar.

$ verifactu --status
obligación: 2027-01-01 (IS) / 2027-07-01 (resto)
requisitos técnicos: sin cambios
tu proveedor: pídele la declaración responsable
comunicación del calendario: exit 1